Los consumos habituales impactados por el nuevo recargo




BUENOS AIRES (NA) — El Gobierno dispuso un incremento del 10% de la percepción a cuenta del pago de los impuestos de Bienes Personales y Ganancias para operaciones de compras y gastos en el exterior. La medida que entró en vigencia desde este jueves elevó la alícuota del 35% al 45%.

De esta manera, a partir de hoy, las compras realizadas en dólares con tarjeta pasarán a costar un 75% por encima de la cotización oficial de la divisa norteamericana, que se encuentra en $135,15. Es decir que los gastos al exterior abonarán un dólar a $236, cuando hasta ayer lo hacían a $222.

El turismo hacia otros países, los servicios de streaming y las compras en tiendas virtuales del extranjero serán las operaciones afectadas por el nuevo incremento. Los gastos con tarjeta fuera de Argentina no tienen límite, por lo que se pueden gastar los dólares que se deseen, pero teniendo en cuenta que se aplica el recargo impositivo. En caso que para alguna compra en el exterior se utilice la tarjeta de débito contra una cuenta en pesos, el gasto se descuenta del cupo mensual de USD 200 dólares.

Los consumos afectados por la nueva alícuota:

  • Los pagos con tarjeta en dólares, incluidos los relacionados con las extracciones o adelantos en efectivo efectuados en el exterior.
  • Las compras efectuadas a través de portales o sitios virtuales, así como el pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen mediante tarjetas de crédito. Esto alcanza a los servicios de streaming como Netflix, Spotify, Amazon Prime, Disney +, PlayStation, entre otros.
  • El pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país, tanto mayoristas como minoristas, y la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros al exterior, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado cambiario.

La nueva disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que encarece las operaciones más habituales de los argentinos en dólares, se suma a la prohibición de financiamiento en cuotas para gastos en el exterior que se implementó el año, y a la reciente imposibilidad de abonar en cuotas en los free shop y en el comercio “puerta a puerta”.

En busca de desalentar la salida de divisas ante la escasez de reservas, el organismo recaudador explicó que “la herramienta permite anticipar ingresos tributarios a partir de las operaciones realizadas en viajes y consumos en el exterior por parte de un conjunto de contribuyentes que expresan capacidad contributiva”.

Por otro lado, la AFIP informó que “como sucede desde la implementación de la medida en 2020, cuando las percepciones experimentadas por un contribuyente superen el monto a ingresar por Ganancias y Bienes Personales, el excedente será reintegrado por la AFIP”.

En este sentido, añadió que “aquellos monotributistas, autónomos, trabajadores en relación de dependencia y jubilados que realizan operaciones en moneda extranjera pero que no están alcanzados por los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales podrán solicitar el reintegro de la percepción”.

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